Expediente de depuración incoado por la Diputación de Bizkaia
Creator: Diputación Foral de Bizkaia/Bizkaiko Foru Aldundia
Repository: Archivo Histórico Foral de Bizkaia/Bizkaiko Foru Agiritegi Historikoa
Date Created: 1936
Type: Government files
Extent: 1 item
43.263, -2.935
Una de las principales actuaciones de los sublevados durante la Guerra Civil y la posterior dictadura franquista fue la represión ejercida sistemáticamente contra todo aquel que consideraban “Desafecto al Movimiento Nacional” o “enemigo de España”. La represión franquista, que comenzó el mismo 18 de julio, tuvo distintas modalidades y respondió a las necesidades que tuvieran en cada momento los golpistas. La más conocida es la represión física: entre la que podemos encontrar el asesinato sin ningún tipo de proceso judicial o tras una simulación delmismo, la cárcel, las agresiones físicas, humillaciones con aceite de ricino, el corte de pelo de mujeres o incluso el destierro. Además, también practicaron una represión económica, con incautación de bienes, y una represión administrativa: la depuración laboral.
La depuración fue un proceso de naturaleza política, orientado a eliminar de la Administración a todos aquellos individuos que pudieran juzgarse como “desafectos”. Supuso también un ejercicio de autoritarismo por parte de los sublevados, que a través de una “justicia al revés”, carente de bases jurídicas firmes y ejecutada por autoridades desprovistas de la legitimidad política, pero si militar, investigó y reprimió a miles de personas que se habían mantenido fieles a la II República y a las autoridades democráticas.
Las nuevas autoridades franquistas crearon un Nuevo Estado, y para este únicamente debían de trabajar todos aquellos “afectos” a sus postulados, por lo que había que investigar a todos los trabajadores y trabajadoras públicos y comprobar su fidelidad al mismo.
La depuración franquista se extendió por todos y cada uno de los trabajadores dependientes del Estado, como la Guardia Civil, el Cuerpo de Carabineros, Aduanas, Correos y telégrafos, enseñanza o empleados de los ministerios. Los empleados y empleadas de las Diputaciones también sufrieron dicho proceso, al igual que todos aquellos que dependían de los Ayuntamientos.
Los procesos de depuración fueron dotados de cierta “normativa legal” durante la Guerra: como fueron el Decreto 108 de la Junta de Defensa Nacional, del 13 de septiembre de 1936; el Decreto 93 de la Junta Técnica del Estado, de 3 de diciembre de 1936; o la Ley de Depuración de Funcionarios del 10 de febrero de 1939.
Respecto a las depuraciones llevadas a cabo en Araba, Gipuzkoa y Bizkaia, hasta la fecha, hemos identificado en total a 15.105 empleadas y empleados públicos que fueron purgados por las nuevas autoridades franquistas, siendo miles de ellos destituidos, sancionados o degradados.
Las depuraciones practicadas por los franquistas en Bizkaia han sido analizadas en profundidad, y gracias a ello sabemos que entre el personal municipal al menos 2.050 trabajadores y trabajadoras fueron destituidas, el 52,63%; otras 507, el 13,02%, sancionadas con diferentes castigos, mientras que el 28,04%, 1.092, fueron repuestos en sus cargos sin ningún tipo de sanción. Uno de los ayuntamientos con más personal destituido fue el Bilbao con el 58,57% de sus trabajadores expulsados. Respecto a la Diputación de Bizkaia, el 42,05% de su personal, 497 trabajadores, fueron expulsados tras las purgas.
AI